ABRIR UNA EMPRESA · EAS9 min de lecturaInformación verificada al 15 de septiembre de 2026.

Cómo constituir una EAS en Paraguay: requisitos, proceso y qué ocurre después

La inscripción de la sociedad es sólo una parte del trabajo. Antes de iniciar conviene saber quién presentará la solicitud, qué documentos cambian según los socios y qué debe quedar organizado cuando la empresa ya existe.

Contenido

1. Primero: qué es una EAS

La Empresa por Acciones Simplificadas es una persona jurídica creada por la Ley N.º 6480/2020. Puede tener uno o más integrantes, físicos o jurídicos, y adquiere personalidad jurídica propia cuando queda inscripta.

La ley no establece un capital mínimo general para constituirla. El capital declarado debe, sin embargo, tener sentido frente a la actividad y a los aportes que los socios realmente se comprometen a realizar. Una actividad regulada puede tener requisitos propios que deben revisarse aparte.

La EAS permite una estructura sencilla, pero sigue siendo una sociedad. Tiene patrimonio, documentación y obligaciones separadas de las de sus accionistas.

2. La persona que inicia el trámite importa

La apertura se realiza por internet en la plataforma EAS del MIC.

El acceso se hace con la identidad electrónica del representante legal principal. Según las preguntas frecuentes vigentes de SUACE, esa identidad electrónica se obtiene con cédula de identidad paraguaya.

Esto es especialmente importante cuando todos los socios son extranjeros. Ser accionista y ser la persona que puede operar el trámite no son necesariamente la misma cosa.

Si un socio extranjero no tiene radicación permanente, SUACE permite su participación bajo las condiciones documentales publicadas, pero exige un representante legal que pueda cumplir los requisitos para operar el sistema. Cuando la representación se otorga mediante un poder expedido en el extranjero, el poder debe cumplir las formalidades de legalización o apostilla y traducción que correspondan.

3. Qué conviene decidir antes de abrir la plataforma

Una parte importante de las observaciones y correcciones puede evitarse si las decisiones básicas se toman antes.

Prepare al menos:

  • denominación propuesta de la EAS;
  • identidad y documentación de todos los socios;
  • representante legal;
  • domicilio de la empresa;
  • actividad que realizará;
  • duración, si se quiere establecer una distinta de la regla aplicable;
  • capital y forma de integración;
  • distribución de acciones;
  • órganos de gobierno y administración;
  • correo electrónico de la empresa;
  • documentos de poderes o representación, si corresponden;
  • documentación de los bienes aportados, cuando el capital no se integra únicamente en efectivo.

No conviene inventar una actividad excesivamente amplia “por si acaso”. La actividad declarada debe corresponder a lo que la empresa realmente piensa hacer y puede afectar otros registros, permisos y obligaciones.

4. Documentos: no todos los socios presentan lo mismo

Persona física paraguaya

La documentación básica parte de la cédula de identidad vigente.

Extranjero con cédula paraguaya

Los requisitos oficiales de EAS contemplan la cédula paraguaya y la documentación migratoria indicada por SUACE.

Extranjero sin radicación

Los requisitos documentales publicados permiten presentar documento de identidad o pasaporte del país de origen para el socio que no integra el órgano de gobierno o administración.

Si actuará un tercero con poder, la documentación de representación debe prepararse correctamente. Un poder emitido en el exterior puede requerir apostilla o legalización y, si está en otro idioma, traducción al español por un traductor habilitado.

Persona jurídica como accionista

Cuando el socio es otra empresa, la documentación se amplía: constitución de esa persona jurídica, decisión societaria que aprueba la participación, representación y documentación de la propia empresa y de las personas que actúan por ella.

Para una persona jurídica extranjera, las formalidades de origen, apostilla o legalización y traducción se vuelven especialmente relevantes.

La consecuencia práctica es simple: si hay accionistas extranjeros o personas jurídicas, prepare la carpeta documental antes de iniciar la carga.

Matriz documental según el tipo de socio

Documentación que cambia según quién participa como accionista
Tipo de socio Documentación de base Punto que requiere atención
Persona física paraguaya Cédula de identidad vigente. Confirmar que los datos coincidan con la estructura que se presentará.
Extranjero con cédula paraguaya Cédula paraguaya y documentación migratoria indicada por SUACE. Revisar los requisitos aplicables si también integrará la administración o representación.
Extranjero sin radicación Documento de identidad o pasaporte del país de origen, bajo las condiciones publicadas. Si hay poder o funciones de representación, preparar las formalidades de apostilla o legalización y la traducción que corresponda.
Persona jurídica como accionista Constitución de la entidad, decisión societaria que aprueba la participación y documentación de representación. Para una entidad extranjera, revisar además las formalidades de origen, apostilla o legalización y traducción.

5. Estatuto proforma, documento privado o escritura pública

La EAS no obliga a utilizar un único formato de constitución.

Estatuto proforma

El sistema genera un modelo estándar con los datos cargados. No debe editarse como si fuera un archivo de texto libre.

Es la ruta más simple cuando las reglas estándar sirven para la relación entre los accionistas.

Documento privado

La Ley 6480 permite un documento constitutivo privado, con certificación de firmas, que incluya el contenido requerido por la ley.

Puede ser útil cuando los socios necesitan cláusulas que el modelo estándar no resuelve.

Escritura pública

También puede constituirse por escritura pública. Además, determinados aportes de bienes pueden hacer necesaria la forma pública.

La decisión entre estas opciones no debería reducirse a “cuál sale más rápido”. Si hay varios accionistas, futuros inversores o reglas especiales de administración, el contenido puede ser más importante que unos días de diferencia en el trámite.

6. Cómo transcurre el proceso

En términos prácticos:

  1. Se define la estructura básica y se reúne la documentación.
  2. El representante legal accede con identidad electrónica.
  3. Se cargan los datos de la EAS y sus integrantes.
  4. Se selecciona o adjunta el documento constitutivo correspondiente.
  5. Se incorporan los respaldos exigidos según socios, representación y capital.
  6. Se presenta la solicitud.
  7. Las autoridades realizan sus verificaciones.
  8. Si existen observaciones, deben corregirse.
  9. Una vez completada la inscripción, la empresa cuenta con su constitución y la documentación generada por el proceso.

Las notificaciones oficiales del trámite llegan al correo de la empresa declarado en la solicitud. SUACE indica expresamente que no corresponde utilizar como correo oficial el de un tercero, como un gestor o contador.

Por eso el correo empresarial debería existir y estar bajo control del cliente antes de presentar la solicitud.

Etapas del proceso

  1. Preparación
  2. Documentos
  3. Carga
  4. Presentación
  5. Observaciones
  6. Inscripción
  7. Puesta en marcha

7. ¿Cuánto tarda?

SUACE publica los siguientes plazos cuando la solicitud no presenta observaciones:

  • 72 horas hábiles cuando se utiliza el estatuto proforma;
  • 8 días hábiles cuando se utiliza un documento constitutivo diferente, como documento privado con certificación de firmas o escritura pública.

Son plazos del trámite administrativo, no una promesa de que toda empresa estará lista para operar en ese tiempo.

Hay que sumar, según el caso:

  • preparación de poderes;
  • apostillas o legalizaciones;
  • traducciones;
  • certificaciones;
  • obtención de documentos;
  • corrección de observaciones;
  • preparación operativa posterior.

Para un socio extranjero, muchas veces el tiempo se ahorra antes de presentar, no después.

8. Socios extranjeros: qué cambia realmente

La pregunta “¿puede un extranjero tener una EAS?” es demasiado simple.

Según la información vigente de SUACE, un extranjero puede participar como accionista. Lo que cambia es la documentación y, en determinados casos, la posibilidad de ocupar funciones de administración o representación sin la documentación paraguaya correspondiente.

Un socio extranjero sin radicación puede requerir un representante legal que reúna los requisitos locales y un poder correctamente otorgado.

Eso permite separar tres cuestiones:

  • propiedad: quién tiene las acciones;
  • representación: quién puede actuar por la empresa;
  • residencia: cuál es la situación migratoria personal del extranjero.

Constituir una empresa no equivale por sí solo a obtener residencia paraguaya.

9. La EAS ya existe: ahora empieza la operación

Este punto suele recibir menos atención que la constitución y es donde aparecen muchos problemas.

Revise el RUC

Compruebe los datos y las obligaciones tributarias registradas. La forma jurídica no permite adivinar por sí sola todas las obligaciones de una empresa.

Prepare la facturación

Desde el 1 de abril de 2025, la DNIT dispuso que las personas jurídicas inscriptas como nuevos contribuyentes en el RUC emitan sus documentos tributarios mediante sistemas electrónicos, salvo las excepciones previstas por la normativa.

No deje la facturación para el día de la primera venta.

Organice la contabilidad

Defina desde el primer mes:

  • dónde llegan las facturas de compras;
  • cómo se entregan movimientos bancarios;
  • quién informa cobros y pagos;
  • cómo se documentan aportes o préstamos de socios;
  • quién responde dudas del contador;
  • y qué fecha interna se utilizará para cerrar la documentación del mes.

Mantenga al día la información societaria

La Ley N.º 6446/2019 creó los registros administrativos de personas y estructuras jurídicas y de beneficiarios finales. El MEF gestiona actualmente estas comunicaciones mediante SIARA.

Constituir la empresa no significa que los cambios futuros de accionistas, control, representación u otros datos puedan ignorarse.

10. Checklist del primer mes

Antes de considerar que la apertura terminó, compruebe:

  • documentación constitutiva archivada;
  • RUC y datos tributarios revisados;
  • correo oficial bajo control de la empresa;
  • mecanismo de facturación listo;
  • cuenta bancaria o circuito financiero definido;
  • aportes de socios documentados;
  • responsable interno de entregar documentación;
  • calendario contable y tributario acordado;
  • situación de registros societarios y beneficiario final revisada;
  • obligaciones laborales verificadas si habrá empleados;
  • permisos sectoriales revisados si la actividad los necesita.

11. Qué puede coordinar Sandra Ovelar

El trabajo puede comenzar antes de presentar la EAS: revisar la estructura desde el punto de vista operativo y contable, ordenar la documentación, coordinar la apertura y dejar preparada la rutina tributaria y contable posterior.

Cuando el caso requiere escritura pública, decisiones jurídicas específicas, poderes complejos u otra intervención profesional reservada, ese trabajo debe coordinarse con escribano o abogado según corresponda.

¿Está preparando una EAS?

Sandra Ovelar

Contabilidad & Asesoría Empresarial

Sandra trabaja con empresas, emprendedores e inversores en Paraguay en temas de contabilidad, cumplimiento tributario, constitución de empresas y revisión contable.

Fuentes oficiales

Fuentes oficiales

Alcance de esta guía

Esta información es general y fue verificada en la fecha indicada. Los requisitos pueden cambiar y la situación tributaria, societaria o documental depende de cada empresa. Cuando una decisión requiere asesoramiento jurídico, notarial, migratorio o de otra especialidad, debe revisarse con el profesional correspondiente.